Calculadora de Vacaciones Laborales 2026

Calcula exactamente los días de vacaciones que te corresponden según tu tiempo trabajado en una empresa española. Gratis, sin registro y actualizado con el Estatuto de los Trabajadores 2026.

¿Cómo calcular tus días de vacaciones?

Introduce en la calculadora tu fecha de inicio de contrato y tu fecha de fin o la fecha actual. La herramienta aplica automáticamente la fórmula legal española y te devuelve los días de vacaciones laborales que te corresponden, con precisión de décimas.

La fórmula base es: Días de vacaciones = 22 días laborales ÷ 365 días × días trabajados. Para trabajadores a tiempo completo con un año natural completo, el resultado es siempre 22 días laborables (equivalentes a 30 días naturales según el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores).

La calculadora tiene en cuenta años bisiestos y calcula con precisión incluso para contratos de días o semanas. Si el resultado tiene decimales, se aplica el redondeo estándar (≥0,5 redondea al alza).

Tabla de vacaciones proporcionales por meses trabajados (2026)

Si has empezado a trabajar a mitad de año o tienes un contrato temporal, esta tabla te indica los días de vacaciones laborables que te corresponden según los meses completos trabajados:

Meses trabajados Días laborables Días naturales equiv.
1 mes2 días~2,5 días
2 meses4 días~5 días
3 meses6 días~7,5 días
4 meses7 días~10 días
5 meses9 días~12,5 días
6 meses11 días15 días
7 meses13 días~17,5 días
8 meses15 días20 días
9 meses17 días~22,5 días
10 meses18 días25 días
11 meses20 días~27,5 días
12 meses (año completo)22 días30 días

* Basado en 22 días laborables/año. Tu convenio colectivo puede reconocer más días.

El derecho a vacaciones en España — Marco legal

El derecho a vacaciones retribuidas en España está regulado por el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015). Los puntos clave son:

  • Duración mínima: 30 días naturales por año trabajado (equivalente a 22 días laborables). Los convenios colectivos pueden ampliar este mínimo pero nunca reducirlo.
  • Proporcionalidad: Si no se ha trabajado el año completo, las vacaciones se calculan de forma proporcional al tiempo efectivamente trabajado.
  • Derecho desde el primer día: El trabajador genera vacaciones desde el primer día de contrato, incluidos los períodos de prueba.
  • Remuneración: Las vacaciones deben ser retribuidas. No se puede sustituir el disfrute por una compensación económica, salvo en caso de finiquito por vacaciones no disfrutadas.
  • Calendario: La empresa y el trabajador deben acordar el período de disfrute. Si no hay acuerdo, el trabajador puede reclamar ante el Juzgado de lo Social.
  • Caducidad: Las vacaciones no disfrutadas en el año natural caducan el 15 de enero del año siguiente, salvo excepciones por baja médica o maternidad/paternidad.

Casos especiales de cálculo de vacaciones

Vacaciones en el finiquito

Cuando finaliza una relación laboral, la empresa debe incluir en el finiquito las vacaciones generadas y no disfrutadas. El importe se calcula dividiendo el salario diario bruto por los días de vacaciones pendientes. Si el trabajador ha disfrutado más vacaciones de las que le corresponden por el tiempo trabajado, la empresa puede descontarlas del finiquito.

Fórmula finiquito vacaciones: (Salario bruto anual ÷ 365) × días de vacaciones pendientes

Vacaciones en contratos temporales

Los trabajadores con contratos de duración determinada tienen exactamente los mismos derechos a vacaciones que los indefinidos. La única diferencia es que al ser contratos cortos, las vacaciones generadas suelen incluirse en el finiquito final. Desde la Reforma Laboral de 2022, se han eliminado los contratos de obra y servicio y se han endurecido los requisitos para los temporales, lo que afecta a cómo se disfrutan las vacaciones.

Vacaciones durante la baja médica

Si el trabajador se pone enfermo durante el período de vacaciones, tiene derecho a disfrutar esos días en otro momento, incluso fuera del año natural (hasta 18 meses después del final del ejercicio). Es imprescindible presentar el parte de baja médica correspondiente. El Tribunal Supremo ha reforzado este derecho en sentencias recientes alineadas con la jurisprudencia europea.

Vacaciones y maternidad/paternidad

Las vacaciones que coincidan con el período de baja por maternidad o paternidad no se pierden. El trabajador puede disfrutarlas una vez finalizada la baja, independientemente del año natural, siempre dentro de los 18 meses siguientes al año en que se generaron.

Vacaciones en jornada parcial

Los trabajadores a tiempo parcial tienen derecho a los mismos 30 días naturales (o 22 laborables) de vacaciones. La jornada parcial no reduce el número de días; lo que varía es la retribución de esos días, que será proporcional al salario a tiempo parcial.

Preguntas frecuentes sobre vacaciones

¿Cómo se calculan las vacaciones proporcionales exactamente?

La fórmula exacta es: (22 días laborables ÷ 365 días) × número de días trabajados. Nuestra calculadora usa días exactos, no meses aproximados, lo que da un resultado más preciso. Por ejemplo, si has trabajado del 1 de marzo al 30 de septiembre de 2026 (214 días), te corresponden: (22 ÷ 365) × 214 = 12,88 días, que se redondean a 13 días laborables.

Algunos convenios y empresas prefieren calcular por meses completos (usando el factor 1,83 días/mes), lo que puede dar resultados ligeramente distintos. Si existe discrepancia entre tu empresa y nuestra calculadora, consulta con RRHH qué metodología aplica vuestro convenio.

¿Cuántos días de vacaciones corresponden por ley en España?

La ley española fija un mínimo de 30 días naturales o 22 días laborables de vacaciones anuales retribuidas (artículo 38 ET). Son equivalentes: 30 días naturales incluyen fines de semana; 22 días laborables excluyen sábados, domingos y festivos. La mayoría de los convenios colectivos usan los días laborables, que son más beneficiosos para el trabajador en la práctica.

Muchos convenios colectivos mejoran este mínimo legal. Por ejemplo, el convenio de la construcción establece 30 días laborables; el de banca, 22 días laborables más días adicionales por antigüedad. Consulta tu convenio sectorial para conocer tus derechos exactos.

¿Pueden las empresas obligarme a coger vacaciones en una fecha concreta?

Sí, la empresa puede fijar el calendario de vacaciones de forma unilateral, siempre que lo notifique con al menos 2 meses de antelación. Es habitual en sectores con cierre colectivo (agosto en fábricas, Navidades en retail, etc.). Si la empresa no respeta ese preaviso mínimo, el trabajador puede negarse o reclamar ante la Inspección de Trabajo.

Por otro lado, también el trabajador puede solicitar las fechas que prefiere, y la empresa debe negociar de buena fe. En caso de desacuerdo, el Juzgado de lo Social puede fijar las fechas con carácter urgente mediante procedimiento especial (artículo 125 LRJS).

¿Los festivos nacionales y locales cuentan dentro de las vacaciones?

No, cuando se calculan en días laborables. Si durante tu período de vacaciones cae un festivo nacional, autonómico o local que fuera día laborable para ti, ese día no se descuenta de tus vacaciones. Es una de las ventajas de calcular en días laborables frente a días naturales.

Ejemplo: si pides 5 días laborables de vacaciones del lunes al viernes y el miércoles es festivo, en realidad solo consumes 4 días de tus vacaciones. El festivo no se puede "recuperar" ya que es un día que no trabajarías de todas formas.

¿Puedo cobrar las vacaciones en vez de disfrutarlas?

En general, no. El Estatuto de los Trabajadores prohíbe sustituir el disfrute de vacaciones por compensación económica mientras dure la relación laboral (artículo 38.1 ET). La idea es que las vacaciones tienen una función de descanso que no puede "venderse".

La única excepción es el finiquito: cuando termina el contrato, las vacaciones generadas y no disfrutadas sí se abonan en metálico. Algunos convenios colectivos también permiten compensar días de vacaciones por encima del mínimo legal, pero siempre por acuerdo colectivo, no individualmente.

¿Caducan las vacaciones si no las disfruto en el año?

Las vacaciones deben disfrutarse dentro del año natural en que se generan. Si no se disfrutan, caducan el 15 de enero del año siguiente, según el Tribunal Supremo. Sin embargo, hay excepciones importantes:

  • Baja médica: si la IT impidió disfrutar las vacaciones, se pueden tomar hasta 18 meses después del año en que se generaron (TJUE, asunto Schultz-Hoff).
  • Maternidad/paternidad: el permiso de nacimiento amplía el plazo para disfrutar las vacaciones coincidentes.
  • Acuerdo empresa-trabajador: las partes pueden pactar expresamente el disfrute de vacaciones en el año siguiente.
¿Qué pasa si me pongo enfermo justo antes de las vacaciones?

Si la incapacidad temporal (IT) comienza antes del inicio del período de vacaciones, las vacaciones quedan interrumpidas automáticamente y deberás disfrutarlas cuando te recuperes, incluso si ya ha terminado el año natural (hasta 18 meses después). Necesitas presentar el parte de baja médica.

Si la IT comienza durante las vacaciones ya iniciadas, el criterio es el mismo desde la sentencia del Tribunal Supremo de 2013 alineada con la jurisprudencia europea: los días de baja no cuentan como vacaciones y puedes recuperarlos. La empresa puede pedirte que notifiques la situación lo antes posible.

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