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¿Caducan las Vacaciones? Plazos para Disfrutarlas y Qué Hacer si las Pierdes

Actualizado: Febrero 2026 | Tiempo de lectura: 5 minutos

Llega diciembre y te das cuenta de que aún te quedan días de vacaciones sin usar. ¿Se pierden? ¿Puedo pasarlas al año que viene? Es una pregunta que genera mucha ansiedad entre los trabajadores, y la respuesta tiene matices importantes.

La regla general: vacaciones dentro del año natural

Según el Estatuto de los Trabajadores, las vacaciones deben disfrutarse dentro del año natural (del 1 de enero al 31 de diciembre). Como regla general, las vacaciones no disfrutadas antes del 31 de diciembre pueden perderse.

Sin embargo, hay excepciones importantes que protegen al trabajador.

Excepciones: cuándo NO caducan las vacaciones

Situación ¿Caducan? Plazo extra
Baja médica (IT) que impide disfrutarlas NO 18 meses desde fin del año
Permiso de maternidad/paternidad NO 18 meses desde fin del año
Riesgo durante el embarazo NO 18 meses desde fin del año
Empresa impide el disfrute NO Derecho a reclamar sin límite
El trabajador decide no pedirlas (matices) Ver regla de los 15 meses

La regla europea de los 15 meses

La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE (sentencia Max-Planck, C-684/16) establece una regla importante:

⚖️ Obligación del empleador

Las vacaciones solo caducan si la empresa ha cumplido su deber de información:

  1. Ha informado activamente al trabajador de que tiene vacaciones pendientes
  2. Le ha instado a disfrutarlas antes de que termine el año
  3. Le ha advertido de que las perderá si no las toma

Si la empresa no cumple estos tres requisitos, las vacaciones no caducan. El trabajador conserva su derecho incluso pasado el 31 de diciembre.

⚠️ En la práctica española

Muchas empresas en España no cumplen formalmente este deber de información. Si tu empresa no te ha avisado por escrito de que perderías las vacaciones, puedes argumentar que no han caducado. No obstante, la jurisprudencia española está todavía desarrollando este criterio europeo.

¿Qué pasa si mi empresa me impide coger vacaciones?

Si la empresa te deniega sistemáticamente las vacaciones:

📝 Ejemplo práctico

Situación: Carlos pidió vacaciones en junio, septiembre y noviembre de 2026. La empresa le denegó las tres solicitudes por "necesidades del servicio". Al 31 de diciembre, Carlos tiene 15 días sin disfrutar.

Resultado: Carlos no pierde esos 15 días porque la causa es imputable a la empresa. Puede:

¿Cuántos días de vacaciones tienes pendientes?

Calcula tus días acumulados con nuestra herramienta gratuita

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¿Se pueden acumular vacaciones de un año para otro?

Como regla general, no. El Estatuto de los Trabajadores no contempla la acumulación de vacaciones de un año a otro. Sin embargo:

Consejos para no perder tus vacaciones

  1. Planifica a principio de año: Distribuye tus 22 días a lo largo del año para evitar acumulaciones
  2. Solicita por escrito: Siempre por email o sistema interno (no solo verbalmente), para tener prueba
  3. Si te deniegan, guarda la respuesta: Servirá como prueba de que la causa es imputable a la empresa
  4. Consulta tu convenio: Puede tener reglas específicas sobre plazos y acumulación
  5. Reclama antes de que termine el año: Si ves que llegas a diciembre con días pendientes, actúa

Prescripción: plazo para reclamar vacaciones

Las acciones derivadas del contrato de trabajo prescriben al año (Art. 59 ET). Esto significa que si no disfrutas tus vacaciones de 2026, tienes hasta el 31 de diciembre de 2027 para reclamar judicialmente.

📌 Resumen

Si finalmente dejas la empresa con vacaciones pendientes, consulta nuestra guía sobre finiquito y vacaciones no disfrutadas para calcular la compensación económica.

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