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Días de Asuntos Propios: Cuántos Te Corresponden y Cómo Pedirlos

Actualizado: Febrero 2026 | Tiempo de lectura: 5 minutos

Los días de asuntos propios (también llamados de "libre disposición") son uno de los beneficios laborales que más confusión generan. ¿Cuántos te tocan? ¿Son obligatorios? ¿Puede la empresa negártelos? La respuesta depende de si trabajas en el sector público o privado.

¿Qué son los días de asuntos propios?

Los días de asuntos propios son días libres retribuidos que el trabajador puede usar para resolver asuntos personales sin necesidad de justificar el motivo. Son adicionales a las vacaciones y a los permisos retribuidos.

Sector público: regulación clara

En el sector público, los días de asuntos propios están regulados por el EBEP (Estatuto Básico del Empleado Público):

Funcionarios y empleados públicos

Sector privado: depende del convenio

⚠️ El Estatuto de los Trabajadores NO regula los asuntos propios

En el sector privado, no existe ninguna ley que obligue a las empresas a conceder días de asuntos propios. Es un beneficio que solo existe si lo establece tu convenio colectivo o un acuerdo de empresa.

Dicho esto, muchos convenios colectivos sí los incluyen. Algunos ejemplos:

Sector / Convenio Días de asuntos propios Condiciones
Banca 3-5 días Según antigüedad
Oficinas y despachos 1-3 días Varía por provincia
Grandes superficies comerciales 2-3 días Según convenio provincial
Empresas tecnológicas (multinacionales) 2-5 días Acuerdo de empresa habitual
Hostelería 0-2 días Muchos convenios no los incluyen
Construcción 0-1 días Poco habitual en este sector

¿Cómo solicitar días de asuntos propios?

  1. Comprueba tu convenio colectivo para verificar que tienes este derecho
  2. Solicítalos con antelación según lo que establezca el convenio o la política interna (normalmente 48h-7 días de preaviso)
  3. No necesitas justificar el motivo (esa es la diferencia con los permisos retribuidos)
  4. La empresa puede denegártelos solo por necesidades del servicio, pero debe justificarlo

¿Puede la empresa negarme un día de asuntos propios?

Sí, pero con límites:

Calcula tus días de vacaciones

Los asuntos propios son adicionales a las vacaciones. Calcula cuántos días de vacaciones tienes

Calcular vacaciones →

Diferencias entre vacaciones, permisos y asuntos propios

Característica Vacaciones Permisos retribuidos Asuntos propios
Base legal Art. 38 ET Art. 37 ET Convenio colectivo
Días 22 laborables/año Variable por causa 0-6 según convenio
Justificación No necesaria Sí (documental) No necesaria
Retribuido
Si no se usan Se compensan en finiquito No se acumulan Generalmente se pierden

Preguntas frecuentes

¿Se acumulan los asuntos propios de un año para otro?

Generalmente no. La mayoría de convenios establecen que los días no disfrutados antes del 31 de diciembre (o 31 de enero del año siguiente) se pierden. Consulta tu convenio específico.

¿Se compensan económicamente si no los uso?

Normalmente no (a diferencia de las vacaciones). Los asuntos propios que no se disfrutan suelen extinguirse sin compensación, salvo que el convenio establezca otra cosa.

¿Puedo usar asuntos propios durante el periodo de prueba?

Sí, si tu convenio reconoce este derecho. No hay restricción legal durante el periodo de prueba.

📌 Resumen

¿Cuántos días libres tienes en total?

Calcula tus vacaciones y planifica el año

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