¿Cuándo Puedo Pedir Vacaciones si Soy Nuevo en la Empresa?

Por Gonzalo Muñoz · Actualizado: abril 2026 · Revisado conforme al RDL 2/2015 · Tiempo de lectura: 9 minutos

Una de las preguntas más frecuentes cuando empiezas un nuevo trabajo es: "¿Cuándo podré coger vacaciones?". Muchos trabajadores creen que hay que esperar 6 meses, o incluso un año, antes de tener derecho a vacaciones. Esto no es correcto: legalmente, tienes derecho a vacaciones desde tu primer día.

En esta guía explicamos con detalle cómo funcionan las vacaciones proporcionales en un nuevo empleo, cuándo las puedes disfrutar realmente, qué es el período de carencia, qué ocurre si te vas antes de fin de año, y cómo calcular exactamente los días que te corresponden.

1. La respuesta directa: acumulas vacaciones desde el primer día

El Estatuto de los Trabajadores no establece ningún período de carencia para las vacaciones. Desde el primer día que empiezas a trabajar, comienzas a acumular días de vacaciones de forma proporcional al tiempo trabajado. Acumulas 1,83 días por cada mes completo de trabajo (22 días anuales ÷ 12 meses).

Esto significa que si llevas un mes trabajando, ya has generado 1,83 días de vacaciones que te corresponden por derecho. Si llevas 3 meses, tienes 5,5 días acumulados. Y si dejas la empresa en ese momento sin haberlos disfrutado, la empresa debe compensártelos económicamente en el finiquito.

2. Tabla de vacaciones proporcionales: cuántos días tienes según el tiempo en la empresa

Si tu empresa aplica el mínimo legal de 22 días laborables anuales:

Tiempo trabajado Cálculo Días de vacaciones Semanas de descanso
1 mes (22 ÷ 12) × 1 1,83 días → 2 días Menos de media semana
2 meses (22 ÷ 12) × 2 3,67 días → 4 días Casi una semana
3 meses (22 ÷ 12) × 3 5,5 días Una semana
6 meses (22 ÷ 12) × 6 11 días Dos semanas
9 meses (22 ÷ 12) × 9 16,5 días Tres semanas
12 meses (22 ÷ 12) × 12 22 días Cuatro semanas y media

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3. El período de carencia: qué es y cuándo es válido

Aunque legalmente no existe ningún período de carencia para acumular vacaciones, muchas empresas tienen políticas internas que establecen un tiempo mínimo antes de que el trabajador pueda disfrutar las vacaciones (aunque sí las haya acumulado).

Distinción crucial: Hay diferencia entre acumular vacaciones (que ocurre desde el día 1) y disfrutarlas (que la empresa puede condicionar a un período mínimo de antigüedad). Lo que nunca puede hacer la empresa es que tus vacaciones no existan: si no las has disfrutado al irte, te las tiene que pagar en el finiquito.

Los períodos de carencia más habituales en las políticas de empresa son:

Estas políticas son lícitas siempre que no supongan la pérdida de vacaciones generadas, sino solo un aplazamiento temporal del disfrute. Si te vas de la empresa durante el período de carencia sin haber podido disfrutar vacaciones, tienes derecho a la compensación económica por los días acumulados.

3.1 ¿Puede el convenio colectivo establecer un período de carencia?

Sí. Algunos convenios colectivos establecen períodos mínimos de permanencia antes del disfrute de vacaciones. Este tipo de disposición es válida si no elimina el derecho a la compensación económica en caso de extinción del contrato.

4. Vacaciones durante el período de prueba

Uno de los mitos más extendidos: "durante el período de prueba no tengo vacaciones". Esto es completamente falso.

Durante el período de prueba generas vacaciones exactamente igual que cualquier otro trabajador: 1,83 días por mes trabajado. No existe ninguna norma que excluya el período de prueba del cómputo de vacaciones.

Lo que sí puede ocurrir es que la empresa tenga una política de no autorizar el disfrute de vacaciones durante el período de prueba (para asegurar que el trabajador está presente durante su evaluación). Esto es válido, pero las vacaciones acumuladas durante ese período siguen siendo tuyas.

5. Primer año: ¿puedo pedir vacaciones estivales si empecé en enero?

Sí. Si empezaste en enero y quieres coger vacaciones en agosto, para ese momento habrás acumulado unos 14-15 días de vacaciones. Puedes solicitar esos días acumulados, aunque no hayas llegado todavía a los 22 días del año completo.

Ejemplo: Iñaki empieza en febrero 2026

Iñaki empieza a trabajar el 1 de febrero de 2026. En agosto quiere coger 2 semanas de vacaciones (10 días).

Vacaciones acumuladas a 31 de julio:

Resultado: Iñaki puede solicitar sus 10 días de agosto. Si la empresa lo aprueba, tendrá 1 día pendiente que podrá disfrutar más adelante (en septiembre-diciembre generará los 5 días restantes hasta completar los ~15 días proporcionales del año).

Algunas empresas permiten "adelantar" días de vacaciones que aún no se han acumulado. Consulta la política interna.

6. Cambio de empresa a mitad de año: ¿qué pasa con las vacaciones?

Si dejas tu trabajo actual y empiezas en una nueva empresa a mitad de año, la situación de vacaciones se gestiona con dos relaciones laborales independientes:

6.1 En la empresa que dejas

6.2 En la nueva empresa

Ejemplo: cambio de empresa en junio 2026

Elena trabajaba en la empresa A desde enero 2026. El 30 de junio deja ese trabajo y el 1 de julio empieza en la empresa B. Había disfrutado 5 días de vacaciones en la empresa A en abril.

Empresa A (finiquito de junio):

Empresa B (desde julio):

7. Consejos prácticos para nuevos empleados

  1. Lee el manual de empleados o pregunta a RRHH cuál es la política de la empresa respecto a vacaciones en el primer año (si hay período de carencia, cuándo se pueden solicitar, etc.)
  2. Consulta tu convenio colectivo: Puede establecer más días de vacaciones que el mínimo legal (23, 24 o más) o condiciones específicas para el primer año.
  3. Planifica con antelación: Si quieres coger vacaciones en verano y llevas poco tiempo, solicítalas cuanto antes para que la empresa pueda organizar la cobertura.
  4. No esperes al año completo: Muchos trabajadores nuevos esperan hasta el aniversario para pedir vacaciones, creyendo que antes no tienen derecho. Es un error: las vacaciones son proporcionales y puedes solicitarlas en cualquier momento.
  5. Guarda tus nóminas y comunicaciones: Son la mejor prueba de tu antigüedad y de los días que debes haber acumulado en caso de discrepancia con la empresa.

8. Situaciones especiales en el primer año

8.1 Contratos temporales en el primer año

Si tu contrato temporal tiene una duración de 3 meses, te corresponden las vacaciones proporcionales a esos 3 meses: (22 ÷ 12) × 3 = 5,5 días. Si el contrato finaliza sin que las hayas disfrutado, la empresa las compensa en el finiquito.

8.2 Prácticas y becas

Si estás en prácticas con relación laboral (contrato formativo) tienes los mismos derechos de vacaciones que cualquier trabajador. Si se trata de prácticas no remuneradas (beca sin contrato laboral), no existe relación laboral y, por tanto, no aplica el derecho a vacaciones retribuidas.

8.3 Interinidad

Los contratos de interinidad (para sustituir a un trabajador con derecho a reserva de puesto) tienen exactamente los mismos derechos de vacaciones. Las vacaciones se calculan proporcionales al tiempo de duración de la interinidad.

9. Preguntas frecuentes sobre vacaciones en nuevo empleo

¿Puedo pedir vacaciones desde el primer día de trabajo?
Legalmente sí: las vacaciones se acumulan desde el primer día y no hay período de carencia legal. La empresa puede tener políticas internas que retrasen el disfrute (no la acumulación), pero no puede eliminar el derecho a las vacaciones ya generadas.
¿Cuántos días de vacaciones tengo en mi primer año si empecé en septiembre?
Los proporcionales a los meses trabajados: (22 ÷ 12) × 4 meses (septiembre-diciembre) = 7,33 días → 8 días. Si no los disfrutas antes de fin de año, se trasladan al año siguiente (o se compensan en el finiquito si te vas).
¿Qué pasa si la empresa no me deja pedir vacaciones hasta los 6 meses?
Es una política interna lícita que retrasa el disfrute, no la acumulación. Las vacaciones que hayas generado en esos 6 meses siguen siendo tuyas. Si te vas antes de disfrutarlas, la empresa debe compensártelas en el finiquito.
¿Tengo derecho a vacaciones durante el período de prueba?
Sí. El período de prueba no excluye la acumulación de vacaciones. Generas 1,83 días por mes de prueba exactamente igual que en cualquier otro período. Si la empresa resuelve el contrato durante la prueba, debe compensarte las vacaciones acumuladas.
Si me despiden con 4 meses en la empresa, ¿me pagan las vacaciones?
Sí. La empresa está obligada a incluir en el finiquito la compensación económica por las vacaciones proporcionales a los 4 meses trabajados: (22 ÷ 12) × 4 = 7,33 días × salario diario bruto.

10. Resumen: lo esencial sobre vacaciones en un nuevo empleo

Referencias legales

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Gonzalo Muñoz

Head of People & fundador de CalculadoraVacaciones.com

Head of People en Samara Energy (Oviedo), gestiona contratos, incorporaciones y derechos laborales en su día a día. Creó esta herramienta para acabar con la confusión habitual en el cálculo de vacaciones proporcionales. Todos los artículos se contrastan con el Estatuto de los Trabajadores, el BOE y jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Sobre el equipo → · @itwasgonz en X

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