Vacaciones Empleadas de Hogar: Derechos, Cálculo y Normativa 2026
El empleo del hogar tiene una regulación especial en España, pero en materia de vacaciones los derechos son tan sólidos como los de cualquier otro trabajador. Si eres empleada de hogar o eres la familia empleadora, esta guía te explica todo lo que necesitas saber: cuántos días corresponden, quién elige las fechas, cómo funciona con las empleadas internas, qué pasa con las trabajadoras por horas, y qué cambió con la importante reforma de 2022.
1. ¿Cuántos días de vacaciones tiene una empleada de hogar?
30 días naturales al año (equivalente a 22 días laborables), exactamente igual que cualquier otro trabajador por cuenta ajena en España. Este derecho está establecido en el artículo 9.7 del Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar, y es irrenunciable: ningún acuerdo puede reducirlo.
A diferencia de lo que algunos empleadores creen, el hecho de que el empleo del hogar tenga una regulación especial no reduce los días de vacaciones respecto al régimen general. El mínimo es idéntico al del Estatuto de los Trabajadores.
1.1 ¿Cómo se calculan las vacaciones proporcionales?
Si la empleada no lleva trabajando el año completo, las vacaciones se calculan proporcionalmente:
| Tiempo trabajado | Cálculo | Días de vacaciones |
|---|---|---|
| 12 meses (año completo) | (22 ÷ 12) × 12 | 22 días |
| 9 meses | (22 ÷ 12) × 9 | 16,5 días |
| 6 meses | (22 ÷ 12) × 6 | 11 días |
| 3 meses | (22 ÷ 12) × 3 | 5,5 días |
| 1 mes | (22 ÷ 12) × 1 | 1,83 días |
Base legal: Art. 9.7 del Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre (régimen especial del servicio del hogar familiar).
2. ¿Quién decide las fechas de vacaciones?
Esta es la característica más diferencial del empleo del hogar respecto al régimen general. El RD 1620/2011 establece una distribución específica para la toma de decisiones:
Reparto de la decisión (art. 9.7 RD 1620/2011)
- 15 días: Los elige el empleador, con un preaviso mínimo de 2 meses a la empleada
- 15 días: Los elige la empleada, comunicándolo con un preaviso mínimo de 2 meses al empleador
Esta regla 50/50 es la que se aplica por defecto si no hay acuerdo entre las partes. En la práctica, lo más habitual es que ambas partes lleguen a un acuerdo diferente al estrictamente legal, adaptado a las necesidades de ambas. Por ejemplo, es muy común que el empleador elija que las vacaciones coincidan con el período en que la familia viaja (porque no necesita el servicio), y que la empleada tenga más flexibilidad para elegir sus 15 días restantes.
2.1 ¿Qué pasa si no hay acuerdo sobre las fechas?
Si la empleada y la familia empleadora no llegan a un acuerdo sobre las fechas, se aplica la distribución legal (15 días cada parte) y ambas partes deben respetar el preaviso de 2 meses. En caso de conflicto persistente, la vía es la conciliación ante el SMAC o el Juzgado de lo Social.
3. Empleadas internas: particularidades en vacaciones
Las empleadas de hogar que viven en el domicilio del empleador (empleadas internas) tienen derechos específicos durante el período de vacaciones que es importante conocer:
Además, las internas tienen derecho a:
- Disfrutar los 30 días naturales de vacaciones fuera del domicilio si así lo desean
- Que el período de vacaciones no se compute como tiempo de descanso si permanecen en el domicilio involuntariamente (por ejemplo, si el empleador les impide salir)
- Que no se les exija ningún tipo de servicio o guardia durante las vacaciones
3.1 Alojamiento durante las vacaciones
Si la empleada interna vive en el domicilio del empleador, surge la pregunta: ¿tiene que abandonar la vivienda durante sus vacaciones?
No necesariamente. Si la empleada desea permanecer en el domicilio durante sus vacaciones (por ejemplo, porque no tiene otro lugar donde alojarse), el empleador no puede obligarla a marcharse únicamente porque "no trabaja esa semana". El alojamiento es parte de la relación laboral, no solo una prestación vinculada al trabajo activo.
Sin embargo, si la familia también está de vacaciones y quiere usar el espacio, la situación debe resolverse de mutuo acuerdo.
Calcula las vacaciones proporcionales
Herramienta gratuita para calcular los días que corresponden según los meses trabajados
Calcular vacaciones →4. Empleadas por horas: ¿cómo funcionan las vacaciones?
Esta es una de las situaciones más habituales en el empleo doméstico y también una de las que genera más confusión. La regla de partida es la misma:
Las empleadas que trabajan por horas tienen los mismos 30 días naturales de vacaciones al año. El número de horas semanales no reduce el número de días de vacaciones.
Lo que varía es la forma en que se retribuyen esas vacaciones. Existen dos modelos principales:
4.1 Modelo A: salario global (vacaciones incluidas en el precio por hora)
Es el modelo más extendido en la práctica. El precio por hora acordado ya incluye la parte proporcional correspondiente a las vacaciones. Esto significa que cuando la empleada "disfruta" las vacaciones (no va a trabajar esas semanas), ya ha cobrado por ellas de forma diferida a lo largo del año.
Ejemplo: Carmen, empleada 3 días/semana
Carmen trabaja lunes, miércoles y viernes, 4 horas cada día, a 13 €/hora. El precio ya incluye la parte de vacaciones.
Cálculo del componente vacacional en su precio por hora:
- Días laborables anuales trabajados: 3 días/sem × 48 semanas efectivas = 144 días
- Días de vacaciones: 22 días laborables al año
- Total días remunerados: 144 + 22 = 166 días
- El precio por hora (13 €) incluye vacaciones: 13 € × 166/144 = 14,96 € "equivalente sin vacaciones"
Carmen no cobra extra durante las semanas de vacaciones, pero tampoco trabaja, porque ya lo ha cobrado en el precio por hora.
4.2 Modelo B: salario mensual fijo con vacaciones separadas
Si la empleada cobra un salario mensual fijo (no por horas), las vacaciones funcionan exactamente igual que en el régimen general: durante los 30 días de vacaciones cobra su salario habitual íntegro.
5. Vacaciones y finiquito en el empleo del hogar
Cuando finaliza la relación laboral en el servicio doméstico, ya sea por desistimiento del empleador, renuncia de la empleada o finalización del contrato temporal, las vacaciones no disfrutadas deben compensarse económicamente:
Las vacaciones no disfrutadas se compensan económicamente en el finiquito, calculadas en proporción a los meses trabajados en el año y a la retribución habitual de la empleada.
5.1 Cómo calcular la compensación por vacaciones en el finiquito
La fórmula es la misma que en el régimen general:
Ejemplo: Carmen trabaja para una familia. Lleva 8 meses trabajando este año y le despiden (desistimiento del empleador). Cobra 900 €/mes (tiempo parcial). No ha disfrutado vacaciones este año.
- Vacaciones devengadas: (22 ÷ 12) × 8 = 14,67 días → 15 días
- Salario diario: 900 € × 12 / 365 = 29,59 €/día
- Compensación: 29,59 × 15 = 443,84 € brutos
Si la empleada trabaja para varios empleadores, cada relación laboral es independiente. El finiquito con cada familia incluye solo la compensación correspondiente a las vacaciones generadas en esa relación concreta.
6. La gran reforma de 2022: lo que cambió para las empleadas de hogar
El Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, supuso la equiparación más importante en décadas de los derechos de las empleadas de hogar con el resto de trabajadores. En materia de vacaciones no hubo cambios (ya estaban equiparadas), pero otros derechos sí mejoraron sustancialmente:
| Derecho | Antes de 2022 | Desde octubre 2022 |
|---|---|---|
| Prestación por desempleo | No tenían derecho | Sí, con cotización mínima de 360 días |
| Extinción del contrato | "Desistimiento libre" sin causa | Requiere causa justificada (como despido objetivo) |
| Indemnización por despido | 12 días/año (desistimiento) | 20 días/año si el despido es improcedente |
| Prevención de riesgos | Excluidas de la LPRL | Incluidas, con obligaciones para el empleador |
| Vacaciones | 30 días naturales | 30 días naturales (sin cambios) |
7. Obligaciones del empleador en materia de vacaciones
Como familia empleadora, tienes las siguientes obligaciones legales respecto a las vacaciones de la empleada:
- Dar de alta en la Seguridad Social desde el primer día. Sin alta, la relación laboral es irregular y ambas partes se exponen a sanciones.
- Respetar los 30 días naturales de vacaciones anuales retribuidas. No puedes reducirlos ni "comprarlos" pagando más.
- Comunicar con 2 meses de antelación las fechas que eliges para los 15 días que te corresponden decidir.
- Pagar el salario íntegro durante todo el período de vacaciones, sin descuentos.
- No exigir trabajo ni disponibilidad durante las vacaciones.
- Compensar en el finiquito las vacaciones no disfrutadas al finalizar el contrato.
- No computar como vacaciones los períodos en que no necesitas el servicio por motivos propios (viajes, obras en casa, etc.) sin consentimiento de la empleada.
7.1 El error más habitual: el viaje del empleador
Una situación muy habitual y muy conflictiva: la familia se va de vacaciones un mes de verano y espera que la empleada también use sus vacaciones durante ese período. Esto solo es legal si:
- Coincide con los 15 días que el empleador tiene derecho a decidir, o
- Hay acuerdo expreso de la empleada para que sus vacaciones coincidan con ese período
Si el empleador simplemente "no necesita" a la empleada durante agosto porque está fuera, no puede obligarla a usar sus 15 días de libre elección en ese mes. Puede usar los 15 días que le corresponden decidir, pero los otros 15 son de la empleada.
8. Preguntas frecuentes sobre vacaciones de empleadas de hogar
9. Resumen: los derechos clave de las empleadas de hogar en vacaciones
- 30 días naturales al año (22 laborables), igual que el régimen general.
- 15+15: 15 días los elige el empleador, 15 días la empleada, con preaviso de 2 meses cada parte.
- Las internas no están obligadas a permanecer en el domicilio durante las vacaciones.
- Las empleadas por horas pueden tener las vacaciones incluidas en el precio/hora, pero debe constar en contrato.
- El empleador no puede imponer vacaciones cuando viaja si no son los 15 días que le corresponden.
- Vacaciones pendientes al finalizar el contrato: compensación obligatoria en el finiquito.
- Desde 2022: derecho a prestación por desempleo si se cumplen requisitos de cotización.
Referencias legales
- Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar — art. 9.7.
- Real Decreto Legislativo 2/2015 (ET), artículo 38 (mínimo de vacaciones).
- Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar.
¿Cuántos días de vacaciones corresponden?
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