Vacaciones y ERTE: Cómo Afecta un ERTE a Tus Días de Vacaciones
Los ERTEs (Expedientes de Regulación Temporal de Empleo) son una herramienta habitual del mercado laboral español para gestionar períodos de dificultad económica, técnica, organizativa o productiva de la empresa. Pero ¿qué ocurre exactamente con tus vacaciones si estás en ERTE?
La respuesta depende fundamentalmente de si el ERTE es de suspensión del contrato o de reducción de jornada. Son dos figuras muy distintas con efectos completamente diferentes sobre tus días de vacaciones.
1. Los dos tipos de ERTE y cómo afectan a las vacaciones
| Tipo de ERTE | En qué consiste | Efecto en acumulación de vacaciones |
|---|---|---|
| ERTE de suspensión | El contrato se suspende totalmente. No trabajas ni cobras salario (cobras prestación del SEPE) | NO generas vacaciones por los días de suspensión |
| ERTE de reducción de jornada | Trabajas menos horas o menos días. Cobras proporcionalmente + complemento del SEPE | SÍ generas vacaciones al 100%, igual que con jornada completa |
Base legal: Art. 45.1.j, 47 y 47 bis del RDL 2/2015 (ET) · Arts. 16 y 17 de la Ley 45/2002 · RDL 32/2021 de reforma laboral.
2. ERTE de suspensión: cómo se calculan las vacaciones
En un ERTE de suspensión total del contrato, la relación laboral queda temporalmente interrumpida. La empresa deja de pagar el salario y el trabajador percibe la prestación del SEPE. Durante ese tiempo:
Los días de suspensión del contrato NO generan vacaciones. Solo acumulas vacaciones por los períodos en los que has prestado servicios efectivos. Las vacaciones ya generadas antes del ERTE se mantienen íntegras.
2.1 Cómo calcular tus vacaciones con un ERTE de suspensión parcial del año
Si el ERTE de suspensión cubre solo parte del año, tus vacaciones se calculan de forma proporcional a los meses efectivamente trabajados:
Ejemplo: ERTE de suspensión de 4 meses
Situación: Ana trabaja en una empresa del sector turístico. Entra en ERTE de suspensión del 1 de marzo al 30 de junio de 2026 (4 meses). El resto del año trabaja con normalidad (8 meses).
Cálculo:
- Meses trabajados efectivamente: 8 (enero-febrero + julio-diciembre)
- Días de vacaciones: (22 ÷ 12) × 8 = 14,67 días → 15 días
- Ana "pierde" aproximadamente 7 días de vacaciones respecto al año completo
Este es el efecto normal y legal del ERTE: la suspensión reduce proporcionalmente los derechos que se acumulan durante la inactividad.
2.2 ¿Qué pasa con las vacaciones que ya había acumulado antes del ERTE?
Las vacaciones acumuladas antes de que comenzara el ERTE se mantienen intactas. Si en enero y febrero generaste 3,67 días de vacaciones (dos meses de trabajo), esos días siguen siendo tuyos cuando el ERTE acabe.
También es importante señalar que las vacaciones que tenías aprobadas para el período del ERTE de suspensión no se disfrutan durante la suspensión. Conservas el derecho a usarlas una vez que el ERTE concluya.
3. ERTE de reducción de jornada: vacaciones completas garantizadas
El ERTE de reducción de jornada es una modalidad diferente: el trabajador sigue activo y prestando servicios, pero a una jornada inferior (entre el 10% y el 70% de la jornada ordinaria, según el art. 47 ET). El SEPE complementa la parte de la jornada que no se trabaja.
En un ERTE de reducción, el trabajador acumula los mismos 22 días laborables de vacaciones al año, independientemente del porcentaje de reducción. Lo que cambia es la retribución durante las vacaciones, que se calcula sobre el salario habitual del período (reducido).
Ejemplo: ERTE de reducción al 50%
Situación: Carlos trabaja normalmente a jornada completa con un salario de 2.000 €/mes. Durante 6 meses está en un ERTE de reducción del 50% (trabaja 4 horas en vez de 8). Cobra 1.000 € de la empresa + prestación SEPE por las otras 4 horas.
Vacaciones:
- Número de días: 22 días (no varía por el ERTE de reducción)
- Retribución durante vacaciones: calculada sobre el salario que percibía en el momento de disfrutarlas
- Si las vacaciones caen durante el ERTE de reducción → cobra 1.000 €/mes (proporcional a la jornada reducida)
- Si las vacaciones caen cuando ya ha terminado el ERTE → cobra 2.000 €/mes (jornada completa)
4. ¿Puede la empresa obligarte a coger vacaciones para evitar o reducir el ERTE?
El Tribunal Supremo y la Dirección General de Trabajo han reiterado que:
- La empresa no puede imponerte el disfrute de vacaciones como condición para acceder al ERTE
- No puede exigirte que agotes tus vacaciones antes de activar el ERTE
- No puede "descontar" las vacaciones del período de ERTE sin tu acuerdo expreso
Si tu empresa te presiona en este sentido, tienes varias opciones:
- Negarte a firmar cualquier documento que vincule el consumo de vacaciones al ERTE
- Consultarlo con los representantes sindicales o el comité de empresa
- Denunciarlo ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social
4.1 ¿Y si tenía vacaciones aprobadas antes de que se activara el ERTE?
Si ya tenías vacaciones aprobadas antes de la activación del ERTE, la situación cambia según el tipo:
- ERTE de suspensión: Las vacaciones no se disfrutan durante la suspensión. Conservas el derecho y la empresa debe ofrecerte nuevas fechas al finalizar.
- ERTE de reducción: Las vacaciones se disfrutan normalmente en las fechas acordadas. La retribución será la correspondiente a la jornada reducida.
Existe una excepción: si tú mismo acordaste, con plena libertad y sin presión, disfrutar vacaciones coincidentes con el inicio del ERTE, ese acuerdo libre sí es válido. Lo que la ley prohíbe es la imposición unilateral por parte de la empresa.
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Calcular vacaciones →5. Retribución de las vacaciones durante el ERTE
La retribución durante las vacaciones es un aspecto que genera mucha confusión en el contexto de los ERTEs:
5.1 ERTE de suspensión: cómo se pagan las vacaciones
Durante la suspensión, no hay vacaciones que disfrutar (porque el contrato está suspendido). Pero cuando el ERTE acabe y disfrutes las vacaciones acumuladas, la retribución se calculará sobre el salario habitual que cobres en ese momento, ya sea el salario completo (si el ERTE ha terminado) o el salario reducido (si estás aún en reducción).
5.2 ERTE de reducción: cómo se pagan las vacaciones
Durante las vacaciones en período de reducción de jornada, el trabajador cobra su salario ordinario de vacaciones, que es el salario que percibía durante el ERTE de reducción (la parte que pagaba la empresa, sin el complemento del SEPE). Esto puede resultar en una retribución de vacaciones inferior a la que hubiera percibido con jornada completa.
Algunos convenios colectivos mejoran este aspecto estableciendo que durante las vacaciones se cobra el salario a jornada completa aunque se esté en ERTE de reducción. Consulta tu convenio.
6. Pagas extraordinarias y vacaciones en ERTE
El ERTE de suspensión también afecta a las pagas extraordinarias, lo que tiene impacto indirecto en la base de cálculo de las vacaciones si estas están prorrateadas:
- Durante la suspensión del ERTE, no se generan pagas extras ni parte proporcional de las mismas
- Si tus pagas están prorrateadas mensualmente, la paga mensual durante el ERTE será más baja
- Esto puede afectar al importe que se percibe en las vacaciones si la empresa calcula la retribución vacacional sobre el salario bruto mensual total
En el ERTE de reducción, las pagas se generan proporcionalmente a la jornada trabajada, de la misma forma que el salario ordinario.
7. El Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo
La Reforma Laboral de 2021 (RDL 32/2021) introdujo el Mecanismo RED, un instrumento que funciona de forma similar al ERTE pero con algunas diferencias. En materia de vacaciones, aplica los mismos principios:
| Modalidad RED | En qué consiste | Efecto en vacaciones |
|---|---|---|
| Cíclica | Suspensión o reducción ante coyuntura macroeconómica adversa | Igual que ERTE de suspensión o reducción según modalidad |
| Sectorial | Reducción para sectores en transición estructural, con formación obligatoria | Se generan vacaciones completas (sigue siendo reducción, no suspensión total) |
8. Finiquito y vacaciones tras el ERTE
Si el contrato se extingue durante o después del ERTE (por despido, fin de contrato temporal, etc.), las vacaciones pendientes siguen la regla general:
Las vacaciones acumuladas que no se hayan disfrutado deben compensarse económicamente en el finiquito, independientemente de si el trabajador ha estado en ERTE. El cálculo se hace sobre el salario diario bruto multiplicado por los días pendientes.
Un matiz importante: si durante el ERTE de suspensión no se generaron vacaciones (por la suspensión del contrato), esos días simplemente no existen en el saldo vacacional y no se compensan. Solo se compensan las vacaciones efectivamente devengadas y no disfrutadas.
9. Preguntas frecuentes sobre vacaciones y ERTE
10. Resumen: ERTE y vacaciones
| Aspecto | ERTE de suspensión | ERTE de reducción |
|---|---|---|
| ¿Generas vacaciones? | NO (días suspendidos) | SÍ (22 días/año completos) |
| Vacaciones ya acumuladas | Se mantienen | Se mantienen |
| Vacaciones aprobadas que coinciden | No se disfrutan; se recuperan después | Se disfrutan normalmente |
| ¿Puede empresa obligar a usar vacaciones? | NO (ilegal) | NO (ilegal) |
| Retribución vacacional | Salario en el momento del disfrute | Salario de la jornada reducida |
| Pagas extras | No se generan en período suspendido | Proporcionales a la jornada reducida |
| Vacaciones en finiquito | Solo las efectivamente devengadas | Todas las devengadas no disfrutadas |
Referencias legales
- Real Decreto Legislativo 2/2015 (ET), artículos 45.1.j, 47 y 47 bis.
- Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de reforma laboral — regula el Mecanismo RED.
- Ley 45/2002, de 12 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo.
- Real Decreto Legislativo 8/2015 (LGSS), artículos 262 y siguientes (prestación por desempleo).
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